miércoles, 27 de agosto de 2008

A DOS VOTOS, EL AVAL DE LA CORTE AL ABORTO

. miércoles, 27 de agosto de 2008

Afirma que la ALDF cuenta con facultades para legislar en temas de salud

Aunque aún falta por conocer la posición de nueve ministros, sólo se requieren dos posturas más a favor para que la ley que despenaliza la interrupción del embarazo en el DF se mantenga.


El ministro Genaro David Góngora
y José de Jesús Gudiño se pronunciaron a favor de la ley. Foto: Javier García

La pretensión de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y de la Procuraduría General de la República de echar abajo la reforma que despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación en la Ciudad de México está a punto de desvanecerse, debido a que dos ministros se pronunciaron por la constitucionalidad de la norma, por lo que se está a dos votos de que continúe vigente.

Al iniciar la discusión de fondo sobre el derecho a la vida, los ministros Genaro David Góngora Pimentel y José de Jesús Gudiño Pelayo —el primero que expuso su argumento durante una hora con 45 minutos—, arribaron a la conclusión de que dicho estatuto no viola la Constitución.

Góngora señaló que la penalización de la interrupción voluntaria de un embarazo menor de 12 semanas discrimina en razón de género, porque a partir de la figura de la maternidad y los hijos se justifica que es su deber y obligación culminar con un embarazo en cualquier circunstancia, bajo la amenaza de una pena criminal, generando la posibilidad de que si toma la decisión de no ser madre se le atribuye la categoría de delincuente.

Enfatizó que las niñas "tienen el derecho a no ser madres".

"Se discrimina en razón de edad porque no se respeta el momento biológico y físico en el cual una mujer se siente lista para disfrutar del ejercicio de la maternidad, ya que bajo la amenaza penal se le obliga a culminar un embarazo sin importar en qué etapa de su vida se encuentra".

La condición social, continuó, es también uno de los puntos clave para justificar la interrupción del embarazo menor de 12 semanas, ya que si bien es cierto que las mujeres que deciden esta interrupción pertenecen a diferentes sectores de la sociedad, también lo es que los problemas de salud generados por los abortos inseguros tienen un mayor impacto en las mujeres pobres.

Mientras tanto, el ministro Gudiño Pelayo argumentó que el valor de la vida definido en la Constitución no es absoluto.

Aunque la Carta Magna habla de garantías, ésta no dice qué es lo garantizado, por lo que difirió del proyecto del ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien propuso declarar inconstitucional la ley aprobada por la Asamblea Legislativa. Subrayó que a la mujer no se le puede imponer una maternidad que no desea.

Aunque este tema es el principal del juicio y apenas se comenzó a discutir, y aún falta por conocer la postura de nueve ministros más, sólo son necesarios dos votos similares a los de Góngora y Gudiño para que la ley que despenaliza la interrupción del embarazo hasta la semana 12 en el Distrito Federal quede firme.

Reconoce facultad
Minutos antes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la ALDF sí está facultada para legislar en materia penal y de salud y, por ende, en temas de embarazo y aborto.

La resolución causó el enojó del ministro ponente Aguirre Anguiano, quien trató de retirar de la discusión su estudio, pues dijo que ya le habían dado todos una buena "zarandeada".

Advirtió que con esto se olvida el sentido común, pues se preguntó dónde quedará la garantía del embarazo, ya que con su decisión están "insuflando la inseguridad jurídica del país", y con ello, cada quien legislará según sus términos.

Con 10 votos a favor y uno en contra, los ministros coincidieron en que la Ley General de Salud establece un sistema de conc urrencia, donde el legislador estableció qué materias son propias de la Federación y de los estados, y en qué materias pueden coordinarse entre unos y otros casos, pero ésta no establece una definición de los conceptos de embarazo y embrión.

El ministro José Ramón Cossío Díaz abrió el camino para llegar a esta resolución, pues fue quien señaló que la Ley General de Salud pone énfasis en las competencias de los diversos poderes.

Subrayó que la ALDF tiene competencia para establecer las condiciones de definición de embarazo, las condiciones de aborto, en razón de que tiene a su cargo las competencias en materia materno-infantil, por una parte, y por otro lado, como claramente lo explicita el artículo 122, para establecer un código penal, y por ende sus definiciones y sus sanciones.

Antecedentes
La discusión llevó seis horas, dos de las cuales fueron sólo para el ministro Genaro David Góngora Pimentel, quien prácticamente "destrozó" el proyecto de su colega Sergio Salvador Aguirre Anguiano, con quien se enfrentó con argumentos.

Góngora, quien apoyó la postura de Cossío, dijo que la Asamblea Legislativa del DF no sólo actuó conforme a los lineamientos de la federación, sino también a los tratados internacionales de derechos humanos.

Recordó el caso de Paulina Ramírez Jacinto, cuyo caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual integró un documento con efectos vinculatorios.

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